Respuesta a las penalizaciones por capacitiva (Circular 3/2020)

El pasado 18 de marzo de 2021 la CNMC público las respuestas a las consultas varias sobre la implementación de la circular 3/2020 sobre la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad.

Entre las diferentes condiciones que establecía la circular se incluía por primera vez la penalización por consumo de energía reactiva capacitiva, la cual ya vimos en otro artículo. Pero los términos en que se debía aplicar no quedaban bien definidos, incluso la propia penalización por energía reactiva inductiva que se aplica actualmente desde hace muchos años.

Vamos a desgranar que dice la respuesta pública de la CNMC. ¿Quedarán resueltas todas las dudas?


Facturación por energía reactiva

En el punto 6.4 de la respuesta CNMC sobre la Circular 3/2020 (expediente CNS/DE/1467/20) dice:

La Circular 3/2020, de 15 de enero, mantiene las condiciones de facturación energía reactiva establecidas en el artículo 9.3 del Real Decreto 1164/2001 en tanto no se disponga de los resultados del grupo de trabajo de control de tensión creado en el ámbito de trabajo para la implementación de los reglamentos europeos relativos a la gestión, con la salvedad de los dispuesto en la disposición transitoria segunda relativa a la facturación por energía capacitiva en el periodo de valle.

Punto 6.4 – CNS/DE/1467/20

En este primer parágrafo se mantienen los establecidos en el RD 1164/2001. Por tanto se penaliza si el cos phi es inferior a 0,95, pero siguen sin explicitar en este punto que el consumo de energía reactiva sea solo inductiva.

Este término se aplicará sobre todos los períodos tarifarios, excepto en el período 3, para las tarifas 3.0A y 3.1A, y en el período 6, para las tarifas 6, siempre que el consumo de energía reactiva exceda el 33 por 100 del consumo de activa durante el período de facturación considerado (cos phi < 0,95) y únicamente afectará a dichos excesos.

El precio de kVArh de exceso se establecerá en céntimos de euro/kVArh.

RD 1164/2001

Pero no debemos pasar por alto que se indica «… en tanto no se disponga de los resultados del grupo de trabajo de control de tensión…». Esto nos avisa de que las actuales penalizaciones pueden cambiar. ¿hacia donde?

Hay diferentes propuestas por parte de los agentes reguladores en este grupo de trabajo:

dos agentes, aun estando de acuerdo con esperar a las conclusiones del grupo de trabajo, han propuesto establecer con carácter transitorio medidas que permitan mejorar los problemas de control de tensión de la red. En particular, dos agentes han propuesto que todos los consumidores con potencia contratada superior a 15 kW deben mantener de forma horaria un factor de potencia superior a 0,90 inductivo durante el periodo punta y superior a 0,98 capacitivo en todos los periodos llano y valle. Fuera de los rangos inductivos o capacitivos anteriormente indicados, será de aplicación una penalización de 0,05 Euro/kVArh. Por otra parte, un agente ha propuesto que la facturación por energía reactiva aplique también durante el periodo 6.


En línea con lo anterior, un agente ha propuesto incluir en el apartado de facturación por energía reactiva que el término de facturación por energía reactiva también aplique a los aportes de inyección de reactiva a la red durante el periodo tarifario 6, periodo valle, de forma que exista un incentivo a que los consumidores no dejen conectados durante dichos periodos (noche y fines de semana) sus equipos de compensación de reactiva (condensadores).


Por otra parte, un agente ha señalado que, independientemente de que se facture o no por energía reactiva, sería necesario imponer la obligación de disponer de equipos de compensación a aquellos consumidores con valores de inyección de energía reactiva superior a un valor razonable.


Un agente ha mostrado su disconformidad con la propuesta por considerar discriminatorio que no aplique la facturación por energía reactiva a los consumidores conectados en baja tensión con potencia contratada inferior o igual a 15 kW.


Por otra parte, algunos agentes (3) han propuesto introducir bonificaciones para aquellos usuarios que han invertido en equipos, bonificaciones que serían sufragadas por los ingresos obtenidos de las penalizaciones. En particular, proponen implementar una bonificación para los usuarios con potencias contratadas superiores a 15 kW cuando su energía reactiva (sin considerar el periodo 6) no supere el 25%

CIR/DE/002/19

Por tanto parece que la penalización por consumo de energía reactiva capacitiva puede verse ampliado a los consumidores de baja tensión con potencia contratada superior a 15 kW, e incluso hay la propuesta de bonificar el consumo de energía reactiva inductiva en periodos de noche.

Incluso en esta misma memoria CIR/DE/002/19 el Ministerio y el operador del sistema alegan que para evitar los problemas de sobretensión en horarios valle se introduzca una penalización a los consumidores con potencia contratada superior a 15 kW si el factor de potencia en el periodo 6 (noche y fines de semana) es inferior a 0,98 capacitivo.

Con lo que hay muchas probabilidades que acabe aplicándose este nuevo marco de penalizaciones por capacitiva, y no solo para consumidores en alta tensión.

Mientras no se pongan de acuerdo este grupo de trabajo, según el expediente CNS/DE/1467/20, «… se establece un precio de 0 €/kVAr para el término de facturación de energía reactiva capacitiva en el periodo 6«. Otro error, ya que la energía reactiva son kVArh y no kVAR, eso es potencia reactiva.


Saldo neto energía reactiva

Tal y como expliqué en mi articulo sobre si se facturaba correctamente las penalizaciones por energía reactiva, en los anteriores Reales Decretos sobre las penalizaciones no se detallaba explícitamente que se debía realizar el saldo neto de consumo de energía reactiva para determinar el cos phi, y por tanto aplicar o no la correspondiente penalización.

Afortunadamente en este expediente se indica como determinar el consumo de energía reactiva por medio del saldo neto.

El factor de potencia o cos φ viene definido por la relación existente entre la energía activa (Ea) y la energía reactiva (Er) en cada uno de los periodos horarios y se calcula conforme a la siguiente fórmula:

cos φ = Ea / √(Ea²+Er²)

Donde,

Ea: Cantidad registrada por el contador de energía activa, expresada en kWh.

Er: Cantidad registrada por el contador de energía reactiva, expresada en kVArh.

Para el cálculo de la energía reactiva (Er) los equipos de medida registran la energía reactiva de los cuadrantes I (QR1) y IV (QR4) por cada período horario. La energía reactiva será el saldo neto obtenido como diferencia entre las energías reactivas de los cuadrantes QR1 y QR4. Si la diferencia es positiva, el factor de potencia es inductivo. En caso de resultar negativa, el factor de potencia es capacitivo.

CNS/DE/1467/20

En otras palabras, si dentro del periodo con penalización por consumo de energía reactiva hemos consumido por ejemplo 500 kVArh inductivos y 500 kVArh capacitivos, el saldo neto de energía reactiva será de dicho periodo será 0, dando un cos phi de 1.

El propio expediente muestra un ejemplo de como calcular las penalizaciones por consumo de energía reactiva


¿Cuándo se aplicarán las penalizaciones por capacitiva?

A la espera de lo que establezca el grupo de trabajo de control de tensión, la fecha se aplicarán las penalizaciones será el 1 de junio de 2021. Aunque por ahora las penalizaciones por energía capacitiva será a coste 0 y a titulo informativo.

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